Rellenar formulario 3230. Declaración jurada
Pagar impuestos es un deber ciudadano que todos debemos cumplir, no importa si somos residentes de nacionalidad chilena o extranjera. Es que contribuir al desarrollo del país mediante el pago de tributos nos permitirá tener mejores instituciones, servicios y por supuesto, calidad de vida.
Por eso, uno de los requisitos fundamentales a la hora de completar el proceso referente al desembolso de dinero con respecto a los impuestos, es el del formulario 3230.
¿No te suena ese nombre? Y te preguntas ¿Formulario 3230 para qué sirve? O ¿Qué es la declaración jurada para timbraje? relájate, porque a continuación detallaremos todo lo referente a la form 3230 para el pago de impuestos.
Cómo rellenar el formulario
Antes de enseñarte en qué consiste el F-3230, también conocido como formulario para timbraje, tenemos que exponerte su definición.
El Formulario3230 es una declaración jurada ideada con el fin de timbrar los documentos correspondientes a los impuestos de primera y segunda necesidad que les sean exigidos a los contribuyentes tanto naturales como jurídicos.
Pasos a seguir
Una vez sabido lo anteriormente mencionado sobre el formulario para timbrar boletas, ahora vamos con lo prometido. En primer lugar debes descargar y luego tener a la mano el Formulario 3230 para llenar posteriormente.
Acto seguido, colocar en las casillas ubicadas en la parte superior de la hora, el día, mes y año junto con el nombre de la oficina de timbraje y el RUT (Registro Único Tributario). Después en el siguiente paso, toca colocar el nombre del contribuyente (personal o jurídico).
Lo que viene luego es indicar los documentos que tengan timbraje y dejar bien claro qué tipo de forma de presentación tiene el documento (talonarios, cajas computarizadas o rollos). Ahora, la cuarta parte de este trámite necesita plasmar el nombre del representante legal elegido por los socios de la empresa.
Finalmente, en el último paso se procede a la firma de la persona que realiza el procedimiento y del representante legal, a efectos de garantizar su timbrado luego de terminado todo.
En el siguiente enlace de la página del SII, encontrará el formulario 3230 para llenar. Este formulario 3230 editable debe rellenarse con los datos de cada contribuyente. https://www.sii.cl/formularios/imagen/3230.pdf
El formulario 3230 imprimir cuenta con las instrucciones para que el contribuyente llene adecuadamente cada casilla y no haya errores que puedan traerle problemas a futuro.
Contribuyentes de 1° y 2° Categoría
A primera vista, con solo leer Contribuyentes de 1° y 2° Categoría podrías hacerte una idea de privilegios tales como exoneraciones o reducciones tributarias. En la práctica esto no es así, ya que esta clasificación solo sirve para determinar cuándo y a quién aplica el pago de impuestos. Si no tienes del todo claro quiénes son elegibles, aquí te enseñamos.
- Contribuyentes de 1° categoría: son aquellas empresas comerciales, industriales o mineras, que emiten una facturación que les permite respaldar sus diversas operaciones de venta. Por lo general, tienen beneficios de crédito fiscal.
- Contribuyentes de 2° categoría: profesionales o trabajadores por cuenta propia que están obligados a emitir facturas y pagar los tributos correspondientes.
Requisitos para realizar el timbraje
Por último, los requerimientos para realizar el timbraje son fáciles de obtener. En total pueden ser seis (cada caso es diferente) y ahora los conocerás en el siguiente apartado importante para la declaración jurada para timbraje de documentos y/o libros:
- Cédula de identidad de la persona que realiza el trámite.
- Cédula RUT del Contribuyente: este requisito es válido para extranjeros, personas o entes sin personalidad jurídica. Para las personas naturales basta la fotocopia del documento de identidad del titular o una autorizada por un notario en caso de un tercero.
- Poder simple: Aplica solamente para terceros que estén dispuestos a realizar el timbraje. Este poder debe ser autorizado por un notario.
- Formulario 3320: Presentar el Formulario 3320 para escribir y llenarlo con los documentos que el contribuyente requiera timbrar junto a sus respectivas copias.
- Documentos a timbrar.
- Formulario 29: Aplicable solo para Contribuyentes de 1° Categoría, ya que posee la última declaración vigente del Impuesto a las Ventas y Servicios.
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